En el día de hoy, el Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial ‘la resolución 3333 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que establece un régimen de información y de control sobre las personas que necesiten moneda extranjera para viajar al exterior’.
Y dice: “Los sujetos residentes en el país que demanden la adquisición de moneda extranjera para atender gastos en concepto de viajes al exterior por razones de salud, estudios, congresos, conferencias, gestiones comerciales, deportes, actividades culturales, actividades científicas y/o turismo, deberán cumplir previamente con el régimen de información que se establece por la presente”.
Para comprar divisas bajo esta nueva resolución tendrá que realizar un trámite que: Se inicia en el sitio web de la AFIP, en el servicio denominada ‘Consulta Operaciones Cambiarias’, opción ‘Viajes al Exterior’, pero se deberá contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad nivel 2. Una vez ingresado al sistema, se deben suministrar todos los datos que se detallan a continuación:
‘La AFIP reunirá ‘información relevante’ que será validada de manera simultánea por los controles online del organismo: CUIT del contribuyente, motivo del viaje (salud, congresos, negocios, turismo), actividad laboral o profesional, país de destino y escalas, fecha de salida y fecha de regreso, entre otra información.
En rigor, con este sistema informativo el organismo recaudador busca evitar que las agencias de turismo, que tienen acceso libre al mercado de cambios oficial, saquen ventaja del cepo cambiario, cobrando los paquetes a sus clientes en pesos al tipo de cambio blue o en dólares billete. También apunta a fiscalizar operaciones que hoy se cierran en efectivo, precisamente para evitar dejar rastros en los registros oficiales’.
Datos que se deben suministrar a la AFIP:
1-Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o tipo y número de documento de identidad.
2- Apellido y nombres.
3- Fecha de nacimiento.
4-Actividad laboral o profesional.
5-País de destino y escalas.
6-Motivo del viaje.
7-Fecha de salida.
8-Fecha de regreso.
9-Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del operador turístico, agencia de viajes o similar, costo del viaje, cantidad de cuotas y forma de pago de las cuotas: tipo de moneda, vencimiento, etc., de corresponder.
10-Medio de transporte.
11-Cantidad solicitada en pesos para la adquisición de divisas.
El senador Aníbal Fernández aseguró que las restricciones para la compra de dólares endurecidas en las últimas semanas, lo que definió como “flotación administrativa” de la divisa estadounidense, son en beneficio de todos los argentinos.
Además, el funcionario sostuvo que el movimiento cambiario se ha frenado en aquellas operaciones donde hay que demostrar la legalidad del dinero.
“Las medidas en el marco de lo restrictivo tienen que ver con que se demuestre que el dinero viene de una situación legal y ésta es la situación que más ha impactado, lo que más ha frenado el movimiento”, dijo Fernández.
“Las medidas en el marco de lo restrictivo tienen que ver con que se demuestre que el dinero viene de una situación legal y ésta es la situación que más ha impactado, lo que más ha frenado el movimiento”, dijo Fernández.
“Si (una persona) se está manejando con dinero que no está declarado, no se puede comprar. En función de eso se irán abriendo los ajustes o controles que se van practicando, de forma tal de poder tener controlado el movimiento del mercado cambiario”, aseveró.
Y agregó: “La Argentina tiene que tomar un montón de decisiones que hacen al conjunto de los argentinos en cuanto a su balanza comercial, sus importaciones, sus exportaciones y la cotización cambiaria”.
“La realidad es que al final de la carrera, que es muy corta porque el objetivo es a corto plazo, (la idea) es ir resolviendo los problemas e ir encontrando la salida para que se vayan cumpliendo los objetivos en beneficio de todos los argentinos”, indicó el senador.
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