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lunes, 12 de agosto de 2013

PASO con troquel.

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La Cámara Nacional Electoral informó que a partir de esta elección “no se va a sellar y firmar el documento”, como se hacía hasta el momento, se explicó que para acreditar la emisión del voto “el presidente de mesa le entregará al elector una constancia con los datos del elector y la firma del presidente de mesa”.
“La constancia se encontrará adherida al padrón mediante un troquelado y una vez que el elector firme el padrón el presidente firmará el troquel y lo entregará junto con el documento”, indicó la Cámara Electoral.
Si el elector pierde la constancia de emisión del voto pero “no figura en el registro de infractores al deber de votar, no necesitará hacer ningún trámite”, pero “si aparece en el registro como infractor, pese a haber votado, podrá solicitar a la autoridad competente que verifique su firma en el padrón”.
Un elector que no vote deberá concurrir dentro de los 60 días posteriores a la elección a la secretaría electoral correspondiente al distrito de su domicilio para justificar su abstención, con la documentación que acredite el motivo de la falta, se explicó en el documento, en el que se añadió que también podrá “dirigirse” a la Cámara Electoral.
La Cámara Electoral creó el “Registro de infractores al deber de votar”, en el cual deben figurar los electores mayores de 18 años y menores de 70 que no hayan emitido su voto ni justificado la omisión.
La no inclusión de una persona en dicho Registro bastará para tener por cumplida la obligación de votar a su respecto o por justificada su omisión.
La multa por no votar ni justificar la omisión será de 50 pesos cuando sea en las primarias y de 100 pesos cuando se trate de las legislativas de octubre.
“Cuando no se vote en uno solo de los actos electorales primarias o generales- la multa será de $50. El monto de la segunda infracción será de $100 y se acumularán a los $50 de la primera infracción”.
La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la justicia nacional electoral.
Se destaca en el documento que quienes no hayan votado en las primarias pueden hacerlo en las elecciones generales.

jueves, 11 de abril de 2013

Aquellos que tengan entre 16 y 18 años que para poder votar en las próximas elecciones tienen que tener su DNI actualizado.


Este año todos podemos elegir el país que queremos. Por eso, ayudanos a recordarles a todos aquellos que tengan entre 16 y 18 años que para poder votar en las próximas elecciones tienen que tener su DNI actualizado.
¿Qué documentación se necesita para realizar el trámite?

DNI o denuncia de extravío.
Partida de nacimiento.
$35 para pagar el sellado.
La renovación del DNI se puede realizar en el Registro Civil o Centros de Documentación Rápida (CDR) que corresponda según el domicilio. También se puede tramitar el nuevo DNI en las oficinas digitales de entrega rápida de todo el país.
El camión del Ministerio del Interior que recorre las diferentes ciudades del país funcionada del mismo modo que cualquier otra oficina y puede aprovecharse para realizar el trámite.

En la ciudad de Buenos Aires se puede concurrir a los CGP de cada barrio.
Para verificar si debe realizar este trámite en caso de que haya nacido en los años 1995, 1996 y 1997, ingresar al siguiente link.
www.mininterior.gov.ar/voto_joven/index.php

Votar es hacer escuchar tu voz. Por favor, reenviá este mail a tus amigos y conocidos.
Recordá que hay tiempo hasta el 18/4 para que los jóvenes actualicen su DNI.
Para más información, hacé clic acá