martes, 3 de julio de 2012

El Gobierno publicó en el día de hoy, en el Boletín Oficial: ‘Resolvió dejar sin efecto el Régimen de Compensación de Aranceles de la evaluación psicofísica de choferes profesionales de camiones’.



Por la resolución 32/2012, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo:
“Déjase sin efecto el Régimen de Compensación de Aranceles (RCA) de la Evaluación Psicofísica de los Conductores Profesionales de Vehículos de Transporte Terrestre de Cargas Generales y Peligrosas de Jurisdicción Nacional y del Establecimiento de la Formación Profesional de los Conductores de Vehículos de Transporte Terrestre de Cargas Generales de Jurisdicción Nacional”.
Y  aclara que: “los aranceles deberán ser abonados por el transportista, el cual no podrá bajo ninguna circunstancia trasladar el costo del mismo al conductor”.
Este  beneficio regía  desde diciembre de 2003,  mediante la resolución 405/2003,  ‘dictada en un marco de crisis del sector del transporte de cargas por automotor, encuadrado en la emergencia nacional declarada por el Poder Legislativo mediante la Ley Nº 25.5612’.
La cartera del Interior y Transporte explica  que “como resultado de las políticas impulsadas por el Gobierno Nacional desde el año 2003, nuestro país está teniendo el ciclo más importante de crecimiento de la economía, alcanzando el récord de inversión y de producción más importantes de las últimas décadas. En virtud del mencionado crecimiento económico el transporte automotor ha experimentado un incremento sostenido en los volúmenes transportados, diversificando las cargas y ampliando los puntos de origen y destino de las mismas…”.
…”a la actualidad, el régimen de evaluación psicofísico obligatorio y capacitación de los conductores de cargas de jurisdicción nacional se encuentra totalmente consolidado, abarcando todo el país, y cumpliendo con elevados estándares de calidad y eficiencia…”.
…”puede afirmarse que la situación fáctica que ha tenido como antecedente el dictado de la resolución del año 2003 ha variado en forma exponencial al día de la fecha…”.
Y finaliza con  que “en el marco de las políticas adoptadas por el Estado Nacional tendientes a redefinir la conveniencia actual de los beneficios otorgados a diversos sectores de la economía, resulta conveniente derogar el soporte brindado a través de la resolución Nº 405/2003 de la Secretaría de Transporte y en el futuro redireccionarlo a otras acciones en miras de favorecer aspectos vinculados a la transformación del sistema de transporte de cargas por automotor”.

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