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miércoles, 29 de julio de 2015

Compromiso ambiental por el Riachuelo.


Cumpliéndose 7 años del fallo de la Corte Suprema ordenando el saneamiento del Riachuelo por parte de la ciudad, la provincia y la nación, el Frente Renovador junto al diputado nacional por la provincia de Buenos Aires, Facundo Moyano y los candidatos a diputados de la nación por Capital Federal, Marco Lavagna, Carla Pitiot, juan Saintote, Marcelo Corti y Sergio Federovisky, firmaron el compromiso ambiental para la conformación de una bicameral en el Congreso de la Nación en caso de acceder a sus respectivas bancas.

La firma del compromiso se realizó en el barrio porteño de La Boca a la orilla del Riachuelo.

Marco Lavagna, candidato a diputado nacional del Frente Renovador dijo “Se han cumplido 7 años del fallo de la corte suprema y la falta de decisión política hace que no se haya hecho más que un mero maquillaje en la resolución del tema Riachuelo. Este es otra de las tantas problemáticas que parecería no existir en la agenda del gobierno al igual que la inseguridad el narcotráfico y la pobreza, no parecería haber decisión para avanzar en la resolución de estos temas”.

“No se puede pensar en desarrollo sin tomar en consideración la importancia de las cuestiones ambientales. Ver el estado del riachuelo y ver las familias más necesitadas que viven a la orilla del riachuelo, con los problemas de salud constantes, hoy uno de cada cuatro menores de seis años que viven al borde del riachuelo tienen altos valores de plomo en sangre, dan clara cuenta que en argentina parecería haber ciudadanos de segunda para el estado”.

Por último explicó la idea del compromiso asumido “Es una tarea que hay que encarar con seriedad y por eso proponemos una bicameral para que desde el poder legislativo se pueda controlar y llevar adelante las acciones para que termine de una vez por todas este problema que debería haber sido encarado hace tiempo atrás. En esta bicameral se podrá hacer un control sobre Acumar, el ente creado por ley para afrontar el tema del Riachuelo donde los tres gobiernos tienen participación”.

El actual diputado Facundo Moyano aseguró que "La única manera de resolver el incumplimiento del fallo de la corte sobre el saneamiento de la cuenca matanza riachuelo, es con la articulación de la Nación, la Ciudad y la Provincia, está a la vista de todos, que en estos años los Estados no han resuelto esta problemática que afecta a más de 8 millones de personas que viven a orillas de la cuenca".

Y afirmó "La desidia que vemos en este conflicto es lo que ocurre a diario con la falta de planificación y una mirada estratégica en la Provincia de Buenos Aires, hospitales municipales sin insumos y con problemas de infraestructura, una escuela pública deteriorada con docentes mal pagos y una policía con mala capacitación y equipamiento".

domingo, 27 de julio de 2014

Interpelación a Gils Carbó.

política

El Bloque Unión Pro presentó un proyecto con el objetivo de conformar la Comisión Bicameral del Ministerio Público, y solicitó a su vez la inmediata concurrencia al Congreso de la Procuradora General de la Nación Dra. Alejandra Gils Carbó.

Los Diputados Nacionales que presentaron dicho proyecto son Patricia Bullrich, Federico Pinedo, Pablo Tonelli, Eduardo Cáceres, Sergio Bergman, Laura Alonso, Cornelia Schmidt Liermann, y Guillermo Durand Cornejo, todos integrantes del Bloque Unión Pro.

El presente pedido tiene como objeto cumplir con una obligación que el Congreso ha asumido en la Ley 24.946 sancionada hace ya más de 16 años; sin embargo al día de la fecha el Congreso no ha cumplido con una obligación legal que se autoimpuso.

Esta obligación legal no es otra más que la Constitución dela Comisión Bicameral Permanente del Ministerio Público, órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera que tiene por función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad en coordinación con las demás autoridades de la República y el cual fue creado por el artículo 120 de la Constitución Nacional, Ley Suprema de la Nación.

Él proyecto presentado tiene como finalidad cumplir con el cometido al que este Congreso se obligó con la sanción de la Ley 24.946, proponiendo una composición de esta comisión bicameral pendiente de la forma mas representativa y democrática posible, con miembros de los cuatro bloques principales de cada una de las cámaras.

El Ministerio Público es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera vital en el desarrollo de las instituciones democráticas de nuestra Nación.

El funcionamiento de dicho Ministerio en estos últimos tiempos ha demostrado que el control que le corresponde al Congreso de la Nación sobre el mismo es absolutamente imprescindible y no puede sufrir más postergaciones; es una de las facultades indelegables del Poder Legislativo la función de contralor de las demás instituciones de la República. Es por eso que en este proyecto se recepta a su vez la posibilidad de que la Comisión Bicameral pueda recepcionar denuncias o reclamos de los funcionarios del Ministerio Público que pudiesen sufrir persecución, hostigamiento por sus investigaciones, resoluciones o por el desarrollo de su labor; a fin de evitar abusos de poder de funcionarios con inmunidades funcionales prescriptas por Ley.

La Diputada Nacional y titular de la Comisión de Legislación Penal, Patricia Bullrich justificando la presentación del proyecto declaró que: “Para que el Ministerio Público sea controlado, solicitamos la urgente conformación de la Comisión Bicameral, y la inminente concurrencia de la Procuradora General de la Nación Dra. Alejandra Gils Carbó, para que informe acerca de sus persecuciones”.

sábado, 9 de noviembre de 2013

La diputada nacional Elisa Carrió aseguró que la reunión de la Comisión Bicameral de Seguimiento que estudia la reforma del Código Civil es producto de un acuerdo realizado entre el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, y el Gobierno nacional.

codigo civil es un acuerdo entre lorenzetti y el gobierno

La reforma “aniquila la responsabilidad del Estado frente a los derechos individuales y representa una nueva etapa del pacto, es una nueva etapa del pacto del Gobierno con Lorenzetti”, aseguró Carrió.
“Claramente es inconstitucional porque viola el principio de la cámara de origen y cámara revisora, este Código aniquila la responsabilidad del Estado y de los funcionarios públicos frente a los derechos individuales, y avanza en forma espuria sobre el derecho de propiedad”, añadió.
La legisladora indicó también que circulan versiones según las cuales existiría “un contrato entre Lorenzetti y la editorial Rubinzal Culzoni que permite editar la unificación de códigos”.
La próxima semana en el Congreso se tratará la reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial mientras que la Comisión Bicameral de seguimiento se reunirá el día 14 en el Salón Azul del Senado.
En tal sentido Carrió manifestó que “en su momento nos negamos a integrar la Comisión Bicameral y yo la impugné por inconstitucional”.
NA

jueves, 4 de octubre de 2012

El cuarteto tragicómico "La cometa loca y el barrilete cósmico", preparan el asalto a Clarín.



Luego de que la presidenta pusiera en funcionamiento al diputado Martín Sabbatella al frente de la Afsca, el kirchnerismo adelantó que esta semana se hará la convocatoria para la comisión bicameral encargada de seguir la aplicación de la Ley de Medios.
Así lo confirmó el jefe del bloque de Diputados del Frente para la Victoria, Agustín Rossi.
“En los próximos días voy a hacer la convocatoria”, confirmó Rossi, al concluir la reunión que mantuvo en el Congreso con Sabbatella, el vicepresidente Amado Boudou y el titular de la Cámara de Diputados, Julián Domínguez.
Sabbatella se expresó en el mismo sentido y señaló que la primera acción que realizará en su carácter de titular de la Afsca será “poner en marcha la convocatoria a la comisión bicameral”.
Además agregó que también se “elegirá defensor del público y autoridades”, y se pedirá a la oposición que designe sus representantes, algo que el oficialismo ya hizo en el 2009, publicó Télam.

viernes, 24 de agosto de 2012

Mons. Arancedo levanta la voz de la Iglesia.


¿Los obispos enfrentan al Gobierno?



Ante el proyecto de Nuevo Código Civil






Mons. Arancedo acaba de concurrir esta tarde al Congreso de la Nación para exponer frente a la Comisión Bicameral que analiza la propuesta de reforma al Código Civil. Allí se refirió a los puntos del mismo que preocupan a la Iglesia.

Desplegando esta entrada podrá leer su discurso, que hemos tomado de AICA, y al que no haremos comentario alguno por el momento.



Código Civil: Mons. Arancedo
llevó al Congreso los aportes de la Iglesia.


El Presidente de la Conferencia Episcopal Argentina, monseñor José María Arancedo, participó hoy, jueves 23 de agosto, por la tarde, en el debate que se lleva a cabo en la Comisión Bicameral del Congreso de la Nación, con el propósito de ofrecer los aportes del Episcopado a la reforma del Código Civil. “Es necesaria en el Código una formulación de ciertos principios, más respetuosa de la dignidad propia de toda vida humana desde su comienzo en el momento de la concepción y hasta su fin natural, de los derechos de la familia fundada en el matrimonio, y de los derechos de los más débiles, en particular los niños ya nacidos, y todavía por nacer”, señaló en su exposición.

El mensaje completo leído por monseñor Arancedo es el siguiente:

Vengo como Presidente de la Conferencia Episcopal Argentina a presentar un resumen del documento “Reflexiones y aportes sobre algunos temas vinculados a la reforma del Código Civil” aprobado por la Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Argentina el 27 de abril de 2012, y que hemos decidido acompañar formalmente a las deliberaciones de esta Comisión Bicameral, para ofrecer nuestro aporte orientado a contribuir a la mejor Reforma del Código Civil.

Nos mueve una actitud propositiva, en el marco del Reglamento aprobado. Agradecemos esta invitación en un clima de diálogo, respeto y colaboración.

Estamos ante un hecho que debemos valorar como un acontecimiento mayor. El Código Civil, por su carácter estable y modélico, al definir derechos y obligaciones de personas e instituciones no es algo neutro, ni una mera fotografía de la realidad, tampoco un instrumento para solucionar problemas. Leer un Código es conocer la vida y orientación de una comunidad, necesariamente mira al futuro. No se puede, por ello, no prever y asumir las consecuencias de lo que hoy se legisla.

El legislador es expresión de reflexión y sabiduría en una comunidad. No olvidemos que la ley tiene una función pedagógica y efectos a muy largo plazo del cual hoy somos responsables.

Los temas a los que me voy a referir giran en torno a la vida del hombre, en orden a lograr las mejores leyes que le permitan alcanzar su plena realización y la tutela de sus derechos. La ley tiene un valor objetivo que define derechos y obligaciones de las personas e instituciones en el marco del bien común.

Elaborar leyes para la sociedad es función del Estado, no de la Iglesia. Pero ella tiene la obligación de colaborar con la sociedad, esta certeza es lo que da razón a mi presencia en este marco de reflexión y de diálogo, en la búsqueda de aquellos principios morales objetivos que son el fundamento de toda obra legislativa, y que son “accesibles a la razón, prescindiendo del contenido de la revelación” (Benedicto XVI). La fe no se opone a la razón.

Hoy es indiscutible la importancia de la ecología. Debemos escuchar el lenguaje de la naturaleza y responder a él coherentemente. También debemos hablar de una ecología del hombre. El posee una naturaleza que se debe respetar y que no se puede manipular. El hombre no es solamente una libertad por la que él se crea a sí mismo y es dueño de la vida. Él es espíritu y libertad, pero también naturaleza, y su voluntad es justa cuando él respeta la naturaleza, la escucha y se acepta en su grandeza y sus límites.

Esta reflexión no es ajena a la tarea legislativa, llamada a dar leyes justas a la sociedad. En este sentido el límite es un acto de sabiduría que orienta y purifica la misma libertad del hombre. Por otra parte, no todo lo que es técnicamente posible o deseado en el manejo de la vida, es necesariamente ético y respeta su dignidad, como veremos.

El proyecto de Código Civil y Comercial es el fruto del esfuerzo de muchas personas que han aportado su sabiduría y experiencia en distintos temas.

Ha sido presentado, como el fruto de muchos años de debates y trabajos jurídicos, y de la reflexión de los juristas y las decisiones de los jueces en el marco de la legislación hoy vigente. Esto es cierto en buena medida y lo valoramos, pero en algunos temas vinculados a la vida humana y a la familia entendemos que no ha tenido la misma pluralidad. Dada la trascendencia de los cambios propuestos en esta áreas y, además, que ellos no han tenido una suficiente presencia en las diversas plataformas políticas, consideramos que es conveniente una amplia participación y apertura federal.

Creemos que en el proyecto hay algunas cuestiones, que tanto a nuestro juicio de pastores, como en la opinión de muchos juristas y expertos, merecen una mayor reflexión. Es necesaria en el Código una formulación de ciertos principios, más respetuosa de la dignidad propia de toda vida humana desde su comienzo en el momento de la concepción y hasta su fin natural, de los derechos de la familia fundada en el matrimonio, y de los derechos de los más débiles, en particular los niños ya nacidos, y todavía por nacer. Es en estas materias, el estatuto de la persona humana y de la familia, en las que quisiéramos detenernos particularmente. Notamos que en las soluciones propuestas en este campo, ha influido una ideología individualista y una concepción de familia ajena a las tradiciones nacionales y al sentir y vivir de la gran mayoría de nuestro pueblo.

Podría sintetizar en cinco puntos las preocupaciones expresadas en el documento:

1. La persona existe desde la concepción: como dice la Declaración Universal de Derechos Humanos, todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica en todas partes y sin distinción de condición alguna (Art. 6). Así, la ciencia enseña que la vida humana comienza desde el momento de la concepción, en la que se configura un ser humano nuevo, único e irrepetible. Por eso, con la tradición jurídica nacional y el contexto constitucional sostenemos sin duda que la persona es tal desde la concepción, sin distinguir según ella ocurra dentro o fuera del seno materno. En relación al artículo 19 del proyecto entendemos que es una discriminación injusta que algunos seres humanos en estado embrionario sean considerados personas -los concebidos en el seno materno, o los implantados en él-, mientras que a otros se les niegue ese status básico -los concebidos fuera del seno materno, antes de su implantación-. No hay diferencias ontológicas entre ellos. Además, nos preguntamos cuál es el status o situación jurídica de estos embriones humanos no implantados, que quedan en un estado de absoluta desprotección, abriendo la posibilidad de atentados contra la vida de seres humanos inocentes e indefensos. Remitir la protección del embrión no implantado a una ley especial aún no existente resulta insuficiente para evitar atentados presentes o futuros contra la vida o dignidad de esos seres humanos, expuestos a la comercialización, industrialización o destrucción. Los dilemas morales que plantean los embriones no implantados no se solucionan desconociendo su dignidad y derechos fundamentales, sino en todo caso impidiendo -y no promoviendo- su producción mediante una moratoria en la utilización de estas técnicas.

2. La familia y el matrimonio: hemos dicho en nuestro documento que la familia fundada en el matrimonio entre un varón y una mujer, perdurable y estable, es el modo óptimo de crianza de los niños y de organización familiar y social. La familia es anterior al Estado y por tanto, la misión de éste es apoyar y acompañar los modelos exigentes de vida en los que los esposos se comprometen a la fidelidad, la cohabitación, la asistencia recíproca y el bien de los hijos. Si el Código Civil dejara de prever esos deberes, el matrimonio se vaciaría de contenido en desmedro de los propios esposos y del bien superior de los niños y su derecho a crecer y ser educados en el ámbito de una familia estable. Igualmente, creemos que no cualquier forma de convivencia es igualmente valiosa, respetuosa de la verdad de la naturaleza humana, y de los derechos de la mujer y de los hijos. Por eso, preocupa la equiparación casi absoluta entre el matrimonio y las uniones de hecho. Finalmente, debemos decir que el proyecto no reconoce en absoluto al matrimonio indisoluble caracterizado por el compromiso de fidelidad y de apertura al bien de los hijos, tal como la Iglesia propone a sus fieles, lo mismo que otras confesiones religiosas, y la ley natural lo expresa. Sólo formas débiles e inestables de familia son propuestas y reguladas por el proyecto.

3. La protección de los derechos del niño: El régimen de la paternidad la maternidad y la filiación, así como otras instituciones proyectadas, generan incertidumbre en torno a la protección de los derechos de los niños. Una sociedad que no privilegie los derechos e intereses de los niños por sobre los de los adultos, se empobrece socialmente. Ello se verifica en la regulación de algunos efectos de las técnicas de fecundación artificial, dado que se privilegia un supuesto “derecho al hijo”, por sobre los derechos del hijo a la vida y al respeto de su intrínseca dignidad y el principio de originalidad en la transmisión de la vida humana. Estas técnicas suponen con frecuencia mecanismos de selección de los embriones más aptos, con descarte de los demás. No hay previsiones que eviten estas derivaciones injustas en el proyecto de Código Civil. Igualmente, se conculca el derecho a la identidad cuando queda sujeto a la voluntad de los adultos y se discrimina así entre categorías de hijos con más o menos derechos según el modo en que fueron concebidos. Finalmente, en materia de adopción si bien se avanza, no se privilegia el interés superior de los niños, que consiste en tener un padre y una madre unidos en matrimonio. La adopción debe tener en mira ese interés integral de los niños, y no el deseo de los adultos.

4. Los problemas de la procreación artificial: En cuarto lugar, creemos que no todo lo que es técnicamente posible y deseado en el manejo de la vida es necesariamente ético y respeta su dignidad. Así, existen serias objeciones éticas y jurídicas en torno a la fecundación artificial que deberían conducir a una reflexión más atenta y no sólo permisiva. Si no obstante ello se decidiera llevar adelante la fecundación extracorpórea, el ser humano concebido de esta manera tiene, como ya hemos dicho, el mismo estatuto, dignidad y derechos que cualquier otro. En el derecho comparado podemos ver que existen países que han limitado los daños provocados por el uso de estas técnicas, restringiendo el acceso a ellas a los matrimonios formados por varón y mujer, y prohibiendo la crioconservación de embriones, entre otras restricciones. Es particularmente grave la posibilidad de fecundación post-mortem, ya que no es aceptable permitir deliberadamente orfandades amparadas por la ley.

5. Proteger y dignificar a la mujer: Reconocemos que hay un esfuerzo en el proyecto por atender con delicadeza a la protección de los derechos de la mujer. Pero al mismo tiempo, resulta agraviante a la dignidad de las mujeres y de los niños la posibilidad de la existencia del alquiler de vientres, denominado eufemísticamente maternidad subrogada o gestación por sustitución. No es un reclamo social, ni es consistente con las tradiciones jurídicas, principios, valores y costumbres del pueblo argentino. Afirmamos firmemente que degrada a la mujer gestante y es posible que sea fuente de más desigualdad por la explotación para estos fines de mujeres pobres. Esta figura desconoce el profundo vínculo psicológico que se establece entre la madre gestante y el niño al que da a luz. Finalmente, me permito comentar otras cuestiones mencionadas en el documento aportado. Nos preocupa cierto reglamentarismo que propone el proyecto en relación a las asociaciones civiles, e incluso a las simples asociaciones. Más allá de las particularidades de su regulación, que pueden ser en algunos casos opinables, resulta encomiable que el proyecto se ocupe de la protección de los derechos personalísimos. Es imprescindible que, en la regulación de las directivas anticipadas respecto de la propia salud, la prohibición de la eutanasia quede suficientemente clara en la ley. Y, en relación a las exequias, sería deseable que se prevea en forma expresa la necesidad de respetar las creencias y principios religiosos del fallecido, tal como se hacía en proyectos anteriores que sin duda han sido fuente del actual en ésta y otras materias.

Estas reflexiones están orientadas a contribuir a la mejor reforma del Código Civil, en temas que consideramos de mayor importancia en orden a garantizar la dignidad de la vida concebida, el valor del matrimonio y la familia, y la protección de todos los derechos del niño.

Como dijimos en abril y repetimos hoy, en este momento que consideramos de trascendencia histórica para la vida de nuestra Patria, invocamos la protección de la Virgen María, Nuestra Madre de Luján, Patrona de la Argentina.