domingo, 29 de julio de 2012

MONS. AGUER DENUNCIA PROTOCOLO ABORTISTA.


NOTIVIDAAño XII, Nº 842, 28 de julio de 2012
Provincia de Buenos Aires

En su reflexión televisiva semanal en el programa “Claves para un Mundo Mejor”, Mons. Héctor Aguer, Arzobispo de La Plata y miembro de la Academia Nacional de Ciencias Morales y Sociales, denunció que el Protocolo para “abortos no punibles” del Gobierno bonaerense “legaliza de hecho el aborto” en la Provincia.
Destacó el prelado platense que la decisión se funda en “el inicuo fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 13 de marzo de este año”, instancia en la que el más alto Tribunal, ignorando el derecho vigente y arrogándose atribuciones que no le competen, se permitió exhortar a la Nación y a las provincias a que adhirieran a su posición.
Lo que ha ocurrido en la Provincia de Buenos Aires en estos días es gravísimo”, afirmó. “El Estado se impone la obligación legal de realizar abortos en todos los establecimientos de su sistema de salud. Este Protocolo es inmoral, ilegítimo, ilegal e inconstitucional”.
Señaló finalmente que en esta “decisión abortista del gobierno provincial se revela el costado oscuro, siniestro, de eso que se llama política de género”.
A continuación el texto completo de la alocución televisiva de Mons. Héctor Aguer:
“Hace algunos días el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires ha publicado un protocolo para la atención integral de los abortos no punibles, que se promulgó por medio de la Resolución 3146 del mismo Ministerio”.
“Con este acto se legaliza de hecho el aborto en la Provincia de Buenos Aires”.
“El origen de esta medida está en el inicuo fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 13 de marzo de este año, por el cual reinterpretó el artículo 86 del Código Penal y extendió la causal de violación como excusa para la despenalización del aborto a toda mujer que haya sufrido ese atentado y lo solicite”-
“En realidad, una resolución de la Corte tiene vigor respecto del caso particular que ha llegado hasta esa altísima jurisdicción; sin embargo la Corte se permitió exhortar a la Nación y a las provincias a que adhirieran a esa posición y de allí se siguen estos protocolos que se han aprobado ya en varias provincias”.
“Pero en realidad la Corte no tiene derecho a inducir a semejante cosa y la Provincia de Buenos Aires no tenía por qué sentirse obligada a adoptar esa medida, digna de una severa reprobación”.
“Por otra parte, hay que decir que medidas como ésta son inconstitucionales, porque la Constitución Nacional, reformada en 1994, ha incorporado a su texto tratados internacionales que proclaman el derecho a la vida de toda persona desde el instante de la concepción. Por ejemplo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o la Convención de los Derechos del Niño. En este caso, cuando la Argentina ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño afirmó que, para nuestro país, se es niño desde la concepción hasta los 18 años. Estos tratados tienen jerarquía constitucional y están por encima de la legislación ordinaria y del mismo Código Penal”.
 “El Protocolo de la Provincia de Buenos Aires asume dos supuestos de legalización del aborto: el de peligro para la vida o la salud de la mujer gestante y el caso de violación”
“Respecto del peligro para la vida o la salud de la mujer se puede decir que hoy día, en el siglo XXI, la ciencia médica es tan eficaz en la atención del embarazo y del parto que prácticamente este supuesto no verifica en los hechos. Se puede asegurar la vida de la madre y del niño”.
“Pero el Protocolo de la Provincia contiene una trampa, porque define la salud como el estado de bienestar total, completo, en el orden físico, psíquico y social. De tal manera que la mujer va a poder demandar el aborto porque, por ejemplo, la maternidad menoscaba su salud social. Vaya a saber uno qué se puede entender por salud social. ¿En qué queda el interés superior del niño, protegido por nuestra legislación? ”.
“El otro supuesto, que es el de la violación, implica una discriminación injusta porque distingue negativamente, en cuanto al derecho a la vida, al niño que ha sido originado a través de ese atentado contra la mujer. Todos los otros niños tienen derecho a nacer, pero a él se le niega ese derecho”.
“¿Por qué hay que cargar a la criatura con esta condena cuando, por otra parte, si el violador es condenado recibe una pena de prisión y luego saldrá libre? Al niño en cambio se le quita la vida. Además, para proceder al aborto basta la declaración de la mujer ante el médico que la tratará, sin otro requisito. Se pueden imaginar los casos de falsificación”.
“Lo que ha ocurrido en la Provincia de Buenos Aires en estos días es gravísimo. El Estado se impone la obligación legal de realizar abortos en todos los establecimientos de su sistema de salud. Este Protocolo es inmoral, ilegítimo, ilegal e inconstitucional”.
“Me llamó la atención que la foto del acto de la presentación muestra, en la pared, detrás de los funcionarios, un cartel que dice: “Área de Políticas de Género”. En esta decisión abortista del gobierno provincial se revela el costado oscuro, siniestro, de eso que se llama política de género. En virtud de esa política se ha legalizado el aborto en la Provincia de Buenos Aires”.
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NOTIVIDAAño XII, Nº 842, 28 de julio de 2012
Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja

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