sábado, 8 de junio de 2013

El 30 de Septiembre "se legaliza el delito" (Sic).

dolares
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que, tras la reglamentación de la Ley de blanqueo, la exteriorización de moneda extranjera tendrá vigencia entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.
La agencia exceptúa a las personas ”imputadas” por delitos de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo.
Algunos beneficios para quienes desean acceder a esta ley incluye que: ”no estarán obligados a informar la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos con los que fueron adquiridas”, que quedarán “liberados de toda acción civil, comercial y penal tributaria” y “eximidos del pago de los impuestos que hubieran omitido declarar”.
La norma precisó que no podrán ser parte del blanqueo “los imputados por delitos vinculados con operaciones de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, ascendente o descendente”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario